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Región

Aprueba SCJN gobierno de 3 años en Sonora para hacer elecciones concurrentes

Por: Eduardo Murillo / La Jornada

Ciudad de México, 16 de octubre. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la modificación del calendario electoral de Sonora para hacer concurrente la elección de gobernador con la del Presidente de la República, de modo que el próximo mandatario estatal ejercerá únicamente para el periodo 2027-2030, para permitir el ajuste correspondiente.

Por unanimidad, los ministros avalaron la reforma a la Constitución de Sonora, promulgada apenas el 2 de marzo pasado, y que había sido impugnada en acciones de inconstitucionalidad por los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática.

El proyecto aprobado fue presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá y en él se precisa que los congresos estatales tienen libre configuración para establecer sus calendarios electorales, así como los periodos del ejercicio de sus gobernadores.

“En síntesis el proyecto sostiene que las reformas a la Constitución local son válidas porque la modificación al calendario electoral que se analiza está dentro del ámbito de competencia de las entidades federativas, y en el caso no se acredita una violación a ninguno de los límites dispuestos en el artículo 116 constitucional”, explicó el ministro González.

Los partidos que impugnaban la reforma también argumentaron que un periodo de gobierno de solo tres años sería insuficiente para cualquier objetivo práctico, pero la SCJN respondió que la Constitución federal solo dispone que ningún gobernador puede ejercer el poder por más de seis años, pero no marca un mínimo para este periodo.

“Una interpretación sistemática y armónica de los artículos 134 y 116 constitucionales obligan a concluir que la Constitución permite a las entidades federativas celebrar elecciones de gubernaturas con una periodicidad menor a 6 años, y segundo porque los argumentos sobre la idoneidad del periodo de 3 años escapan a nuestro ámbito decisorio, que conforme a los precedentes aprobados por ese pleno debe de limitarse a verificar únicamente la regularidad constitucional de las decisiones que están dentro del ámbito de la libertad configurativa de las entidades de la federación”, señaló el ministro ponente.

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