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México

Avala la Cámara que el Presidente pueda otorgar amnistía directa

Por: Enrique Méndez y Fernando Camacho / La Jornada

Con un nuevo artículo en la Ley de Amnistía, la Cámara de Diputados aprobó esta madrugada dar al presidente de la República la «determinación exclusiva» de poder otorgar el beneficio de la amnistía directa con el fin de esclarecer «casos relevantes el Estado mexicano».

Morena y sus aliados ejercieron su mayoría para votar la minuta que recibió del Senado apenas el 17 de abril y se envió al Ejecutivo para que la publique y entre en vigor.

El nuevo artículo nueve de la ley prevé dos condiciones para que el presidente pueda otorgar la amnistía directa: que «se otorgue a quienes aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos que sean relevantes para el Estado mexicano».

Y «que en contra de las personas a amnistiar se haya ejercido la acción penal, estén siendo procesadas o se encuentren sentenciadas por cualquier delito».

Un párrafo que causó polémica por la ambigüedad de su alcance, prevé que «en los casos a que se refiere esta disposición no será aplicable lo dispuesto en el artículo segundo de la presente ley».

Dicho artículo prevé que la amnistía de la que habla la ley no aplicará para delitos de homicidio o contra la integridad corporal; ni por secuestro o uso de armas de fuego para cometer un ilícito; tampoco por los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, entre otros, feminicidio, abuso sexual contra menores, delincuencia organizada, violación, huachicoleo, o ilícitos graves o contra la seguridad nacional.

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La oposición acusó que esa contradicción entre una y otra redacción permitirá que la amnistía se extienda a los delitos graves, mientras Morena sostuvo lo contrario.

El PRI hizo notar que, de hecho, el nuevo artículo nueve de la Ley de Amnistía anula los ocho artículos originales de la ley, sobre todo porque la atribución al Ejecutivo le permite conceder la amnistía directa «sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento, en casos específicos», que reúnan las dos condiciones referidas.

El mecanismo vigente prevé que una persona en prisión puede solicitar amnistía ante la comisión constituida por las secretarías de Gobernación, Seguridad y Bienestar, que a su vez presentará el caso ante un juez federal, que decidirá si aplica o no.

El dictamen prevé que la reforma se aplica ante «la imperiosa necesidad de proteger y garantizar el acceso a la verdad, sobre todo en casos relevantes para el Estado, es decir, se trata de romper el pacto de silencio, de combatir la impunidad y garantizar la reparación para las víctimas».

Manuel Vázquez Arellano (Morena) expresó que «abrir la puerta a la amnistía abona a saldar la deuda histórica con las víctimas. No es la llave maestra para romper el pacto de silencio, pero sí nos da la esperanza genuina de conocer qué pasó con mis compañeros (de Ayotzinapa) y miles de víctimas, ¡sea!»

Soez, el panista Gerardo Sosa llevó su discurso al límite y, al concluir su participación, insultó a la bancada de Morena: “Me despido con una bonita frase que les dijo un día Porfirio Muñoz Ledo: ‘¡Chinguen a su madre! ¡Qué manera de legislar!’”

PRI y PAN anticiparon que presentarán una acción de inconstitucionalidad ante la Corte, porque el artículo 89 de las facultades del Presidente sólo otorga el indulto, no la amnistía.

La diputada trans María Fernanda Félix reprochó que, «de todas las aberraciones votadas en la legislatura, sin duda esta es la peor: le dan el poder de rey a un mortal. A los culpables le dan las llaves de las cárceles. ¿Y las víctimas?»

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