Baja California

Aprueban en BC figura de «dolo eventual» para muertes causadas por conductores ebrios

Por: Redacción La Jornada Baja California

Mexicali, 22 mayo. El Congreso del Estado aprobó incluir la figura de «dolo eventual» en el Código Penal del Estado, con lo que sanciona con hasta 15 años los homicidios causados por conductores de vehículos bajo el influjo de alcohol o de drogas, así como penas que pueden llegar a ocho años en caso de lesiones que tarden más de 15 días en sanar, y dos terceras partes más de las penalidades cuando las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

Durante la sesión ordinaria del jueves 21 de mayo, el pleno avaló el Dictamen 24 de la Comisión de Justicia derivado de la iniciativa de la diputada Evelyn Sánchez Sánchez (Morena), la cual se sometió durante dos años a revisiones de casos, análisis y reuniones con grupos ciudadanos para escuchar sus planteamientos, informó en un comunicado de prensa.

Según lo aprobado, las penalidades contempladas en la reforma para las muertes y/o lesiones causadas por manejar en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias, o realizar conductas de riesgo (como utilizar aparatos telefónicos), son sin perjuicio de las agravantes especiales que pudieran concurrir, y no procederán los mecanismos de solución alterna como el perdón del ofendido o los acuerdos reparatorios.

El dolo eventual se incluyó «al considerar que los conductores, aun previendo el riesgo de causar una tragedia, deciden continuar manejando y aceptan las posibles consecuencias fatales», indicó el comunicado de prensa.

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Evelyn Sánchez señaló que existía una necesidad urgente de fortalecer el marco jurídico en materia penal y la aprobación al de reforma al Código Penal para Baja California, se logró con la finalidad de incorporar de manera expresa la figura jurídica de «dolo eventual».

Argumentó el alza en la incidencia de accidentes viales con consecuencias fatales o incapacitantes en el municipio de Tijuana, y refirió datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, las cuales indican que en este municipio se concentra más de 60 por ciento de los accidentes de tránsito registrados en el estado y que dejan cientos de víctimas cada año.

Asistieron a la sesión del Congreso familiares testigos del atropellamiento de la niña de 5 años Silvia López y su abuela, Silvia Yáñez, de 67, por parte de una mujer que conducía en estado de ebriedad. «No podíamos seguir tratando estos hechos como simples accidentes, son actos plenamente evitables», dijo la legisladora.

Penalidades

Con la modificación en el Código Penal de Baja California, este tipo de muertes dejarán de considerarse como «accidentes culposos» y los responsables podrán recibir penas similares a las de delitos dolosos, con penas de ocho a 15 años de prisión cuando una persona pierda la vida derivada de estas conductas.

Cuando se trate de lesiones que pongan en peligro la vida, tarden más de 15 días en sanar, dejen secuelas permanente o daños definitivos, las penalidades serán de cuatro a ocho años más multas, y de uno a tres años de prisión para los casos en que las lesiones sanen en hasta 15 días.

Asimismo, se contempla aumentar dos tercios de las penas cuando las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con alguna discapacidad, y agravantes en los casos en que existan dos o más víctimas.

Evelyn Sánchez afirmó que esto representa solo una parte del problema, por ello la figura de dolo eventual también busca sancionar diversos tipos de conductas temerarias o negligentes en las que una persona ocasione daños graves o la muerte.

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