Otorgan suspensión definitiva a Cobre del Mayo contra ley minera
La empresa opera la mina Piedras Verdes, en Álamos, Sonora y cuenta con reservas probadas y probables de 515 millones de toneladas hasta 2029. Vista aérea de una mina de Cobre del Mayo. Imagen tomada de un video promocional difundido a través del sitio de https://www.cobredelmayo.com/about/corporate / archivo La Jornada
Por César Arellano García / La Jornada
Ciudad de México, 3 de julio. Un juez federal otorgó la suspensión definitiva a la empresa Cobre del Mayo que la protege contra todos los efectos de la Ley Minera aprobada por el Congreso de la Unión a finales de abril.
Es la primera medida cautelar que concede un juzgado de Distrito contra la reforma impulsada por el gobierno federal, el cual podrá impugnar la resolución ante un tribunal colegiado para que determine si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.
El juez décimosexto de Distrito en Materia Administrativa le concedió a la empresa la suspensión definitiva contra el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en Materia de Concesiones para Minería y Agua, publicado el 8 de mayo en el Diario Oficial de la Federación.
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«Por lo expuesto y fundado, y con apoyo, además, en los artículos 124, 130 al 132 y 192, de la Ley de Amparo, se concede la suspensión definitiva contra actos del Congreso de la Unión y de otras autoridades, por las razones expuestas la presente resolución», señala el resolutivo del juez quien solo dio a conocer el sentido de la sentencia pero no publicó el expediente.
La empresa Cobre Mayo opera la mina Piedras Verdes, en Álamos, Sonora y cuenta con reservas probadas y probables de 515 millones de toneladas hasta 2029, según información oficial.
La suspensión que otorga el juez frena por el momento todos los efectos de la Ley Minera, en tanto se resuelve si a la empresa se le concede el amparo contra los actos reclamados.
La reforma reduce de 50 a 30 años la vigencia de las concesiones, establece la licitación como único método para otorgarlas, obliga a consultas previas con comunidades indígenas a las que se debe “remunerar” con 5 por ciento del proyecto, multiplica los delitos, infracciones y obligaciones ambientales, exige obtener concesiones especiales para uso de agua, y otorga trato preferencial a paraestatales.
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El 14 de junio pasado, el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México le otorgó la suspensión definitiva a First Majestic Plata, contra el artículo quinto transitorio de la reforma, el cual impacta de inmediato a las empresas del ramo. Sin embargo, el caso se turnó a un tribunal colegiado, luego de que el gobierno federal promovió recurso de queja.
La Jornada publicó que de acuerdo con especialista en el tema, las grandes consorcios se están amparando contra la Ley Minera para acotar las nuevas regulaciones que contiene y así “perpetuar su actividad en el mercado de valores, basada en la especulación, sobre todo con minerales estratégicos declarados a escala internacional indispensables para la transición energética, como litio, cobre y níquel”.