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Región

Más de 6 mil migrantes se han dado de alta ante el SAT

Por: Redacción La Jornada Baja California

Tijuana, 20 de diciembre. De febrero de 2022 al 15 de diciembre de 2023, un total de 6 mil 636 migrantes han tramitado su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo a la dependencia federal, esta cifra es resultado de la implementación de un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.

Bajo este esquema que inició en febrero de 2022 este sector de la población puede realizar diversos trámites en las oficinas del SAT.

Las personas interesadas en tramitar su RFC pueden acudir a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada en citas.sat.gob.mx y presentar la documentación según sea su caso.

Los extranjeros con condición de estancia de residentes temporales o permanentes deben llevar:

– Documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional.

– Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.

– Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del INM.

En caso de ser extranjero con calidad de refugiado debe presentar:

– CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del INM.

– Documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR.

– Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.

En el caso de mexicanos repatriados se debe llevar:

– CURP temporal con fotografía.

– Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.

– Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Los mexicanos en retorno deben presentar:

– CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las oficinas consulares de México en el exterior o acta de nacimiento o carta de naturalización en original.

– Comprobante de domicilio, con antigüedad no mayor a cuatro meses.

– Credencial para votar desde el extranjero emitida por el INE.

Los extranjeros que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero requieran el RFC para otros fines, pueden exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción ante el SAT.

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