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Opinión

El fortalecimiento del sistema de refugio mexicano

Por: Eduardo Torre Cantalapiedra* / Voces de El Colef

Por más de una década México ha desplegado diversos instrumentos jurídicos para la protección de las personas extranjeras que llegan a su territorio necesitadas de protección humanitaria, como son: el reconocimiento de la condición de refugiado y las visas humanitarias (tarjetas de visitante por razones humanitarias o TVRH). La consolidación del sistema de refugio mexicano, como uno de los más progresistas del mundo, requiere del diseño de nuevas herramientas, para atender y amparar a las poblaciones migrantes vulnerables que llegan al territorio mexicano.

Desde la puesta en marcha de las reformas legales de 2011 en materia de migración y protección internacional hasta la fecha, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) ha hecho frente a un número creciente de solicitudes de refugio. Esto se ha traducido en un auge del número de resoluciones favorables por parte de las autoridades mexicanas; en 2023, cerca de 20 mil personas fueron reconocidas con la condición de refugiado y a más de 1,400 se les otorgó la protección complementaria. En ambos casos las personas solicitantes se hicieron acreedoras del derecho a una tarjeta de residente permanente, la cual les permite quedarse de manera indefinida en territorio mexicano para residir y trabajar. Con esta salvaguardia de las personas refugiadas, México proyecta ante el mundo una imagen favorable de sí mismo como país que respeta y defiende los derechos humanos de las personas con independencia de su nacionalidad.

No obstante, las personas necesitadas de protección tuvieron que superar numerosos obstáculos para obtener el reconocimiento legal como refugiados: las políticas de detención y deportación que les impiden iniciar sus procesos de refugio; las largas esperas para alcanzar una resolución, que superaban con creces los plazos establecidos legalmente; la obligación de permanecer en ciudades del sur del país donde tuvieron importantes dificultades para que los solicitantes encontrasen los medios de subsistencia, etc. La raíz de varias de estas problemáticas ha sido la debilidad institucional de la Comar en cuanto a recursos económicos y humanos, que le permitiese lograr su propósito de reconocer la condición de refugiado en tiempo y forma a un creciente número de solicitantes, que cumplen los requisitos establecidos en la legislación mexicana. No obstante, algunos de estos escollos estarían revirtiéndose en los últimos años por medio del despliegue de procesos administrativos más rápidos y eficientes para resolver los casos, el tratamiento más favorable que el sistema depara a determinadas nacionalidades por aplicación de una definición de refugiado más amplia en legislación mexicana, programas de reubicación de solicitantes de la condición de refugiado, programas de integración local, entre otros.

Para que el sistema de protección internacional mexicano se sitúe a la vanguardia internacional de la defensa de los derechos humanos de los refugiados, no basta con una mejor aplicación de la normativa vigente, sino que es necesario el diseño de nuevos instrumentos de protección. En específico bajo el sistema actual algunas poblaciones extranjeras han quedado desprotegidas. Las personas haitianas que solicitan refugio en México constituyen una de las poblaciones que padece una de las tasas de rechazo más altas; sus necesidades de protección han sido atendidas frecuentemente por el gobierno a través de la emisión de visas humanitarias. El problema es que este tipo de documentos son temporales, lo cual significa que una vez finalizada su vigencia, estos migrantes quedan en riesgo de caer en una situación de irregularidad migratoria. Una de la manera para proteger a estas poblaciones consistiría en definir vías legales por las cuales quienes posean una visa humanitaria puedan transitar a la residencia temporal y a la permanente.

Asimismo, existen fenómenos ambientales, como el cambio climático, que están generando un incremento de los flujos migratorios forzados que transitaran por en el territorio mexicano o querrán establecerse en el mismo. Resulta necesario que la legislación mexicana genere nuevas categorías de protección temporal y permanente para atender a los flujos migratorios forzados por causas climáticas, frecuentemente denominados refugiados climáticos. Estas herramientas dotarían a la Comar y al Instituto Nacional de Migración (INM) de las herramientas legales para otorgar protección a poblaciones vulnerables que con la normativa actual están desprotegidas.

*Departamento de Estudios de Población

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