El Escuchón: el sentido común y la soberanía
Asistí a un evento cultural y escuché a dos personas discutiendo por un lugar. La persona de pie le reclamaba a la persona sentada que había apartado el lugar. La sentada contestó que el lugar no estaba apartado y que era incorrecto apartar lugares. En ese momento un asistente en la fila de atrás le regresó a la de pie el libro, previamente usado para apartar el lugar, disculpándose por haberlo tomado. Era cierto: el lugar no estaba apartado cuando la persona se sentó. A pesar de ello, la de pie insistió: «Yo llegué antes; ponga el ejemplo ciudadano». La sentada parecía confundida, pero contestó: «En realidad yo la vi llegar a usted y creo estar poniendo el ejemplo al no haber apartado lugares a pesar de haber llegado antes que usted». «¿Y por qué no apartó su lugar?», preguntó la de pie. «Porque me parece un abuso y una majadería». La sentada se movió de lugar sin conceder y aún preguntó: «¿Por qué cree que no es un abuso apartar lugares?». La de pie contestó: «Porque los organizadores me dijeron que podía apartarlo». El absorto asistente contestó: «No le pregunté quién le dijo que lo apartara, sino por qué razón usted cree que no es un abuso».
Hubiera querido aclararles que el desacuerdo se debe a que cada persona estaba apelando a criterios de corrección distintos: uno a la autoridad y otro a la ética. En condiciones ideales la autoridad puede ayudar a mantener conductas éticas, pero no siempre, y no son lo mismo. Es diferente decir «una autoridad me extendió una excepción a la regla» a reclamar: «en general es muy poco ético apartar lugares». Sin embargo, el que ambos usen el lenguaje normativo exhibe que están de acuerdo en lo más importante: hay una manera correcta de comportarse en estas situaciones, determinada por el bien común. Entonces, ¿qué bien es el que es común y quién está en lo correcto?
El evento y los lugares para presenciarlo son los bienes escasos comunes que hay que distribuir de manera justa y no arbitraria. Cuando hay bienes escasos buscamos criterios de justicia que no sean rechazables por las personas que deben cumplirlos. Suponga un momento que el criterio de justicia fuera: «cualquiera que llegue temprano puede apartar los lugares que desee a su conveniencia». Esa regla sería irrazonable porque las personas rechazarían el abuso que produciría: no habría lugares para nadie porque personas ni siquiera interesadas en el evento llevarían a acaparar los lugares para luego intercambiarlos por dinero u otros bienes. Pero ¿qué tal la regla contraria «nunca deben apartarse lugares»? Parece igualmente irrazonable, pues podríamos imaginar casos como los de personas de la tercera edad, personas con discapacidad o las personas organizadoras, que no rechazaríamos que contaran con lugares reservados.
Pero entonces la pregunta central se transforma en esta: ¿la persona de pie tiene derecho a la excepción? Me parece que no. La persona de pie pudo llegar a sentarse, pero prefirió hacer una excepción para sí misma y apartar el lugar para maximizar su comodidad y sentarse a tomar una bebida en el café de al lado, mientras apartaba el lugar. ¿Cómo se autorizan las excepciones? Precisamente aquellas que no sean rechazables para los afectados, como las mencionadas a las personas de la tercera edad o los organizadores. La comodidad no es una de ellas.
Esa reflexión me recordó al penoso caso de Pedro Álvarez Icaza, director de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, que se enfrentó a un problema similar al de la persona de pie. La titular del ejecutivo federal, que para todo efecto es su jefa, en una visita al parque del Jaguar, le instruyó lo siguiente: «Mira, hay que gobernar con sentido común y para la gente. Cuando la norma se pone por encima de la gente y el sentido común, está mal». Supongo que Álvarez Icaza debió haberla mirado con la misma perplejidad con que la persona sentada miraba a la persona de pie. Mañanera tras mañanera, la Presidenta arremete contra quienes desobedecen la ley mexicana, clamando por la defensa de la soberanía, y acto seguido pulveriza esa misma soberanía instruyendo a sus funcionarios a sustituir la norma por el sentido común y su juicio individual sobre el bien común. ¿Qué es la soberanía nacional sino el imperio de la ley mexicana en la república? ¿Qué es la ley sino el esfuerzo civilizatorio de evitar el juicio particular para establecer maneras racionales y objetivas de cuidarnos los unos a los otros? ¿Qué es México sino el conjunto de sus instituciones creadas y sostenidas por la ley? ¿Escogerá Álvarez Icaza hacer una excepción para sí mismo y violar lo que debe hacer porque se lo dijo la autoridad, como la persona de pie, o hará lo que debe hacer, aunque esté tentado a hacerse a sí mismo la excepción, como la persona sentada?




