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Opinión

De las seis de septiembre: restauración de la Ley del ISSSTE

Por: José Zavala Álvarez*

Aún no sabemos con detalle en qué consiste la iniciativa de reforma a la Ley del ISSSTE que Claudia Sheinbaum señaló después de su encuentro con el presidente en días pasados. De esa reunión conocemos que acordaron impulsar la aprobación, en septiembre próximo, de cinco iniciativas, después ella agregó una más sobre los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos.

Entre las cinco primeras está la referida a la Ley del ISSSTE de 2007, en respuesta sobre todo a demandas del magisterio, estaríamos entendiendo una posible restauración de la Ley a los términos previos a la reforma calderonista de ese año, se trataría entonces de la reversión de los cambios en regímenes de pensiones que el panista impuso con el clásico “pago por evento” a los legisladores del PAN y PRI, dicha reforma creó las cuentas individuales para los trabajadores del Estado, con mercadotecnia engañosa convencieron a miles para cambiar su régimen de bolsa solidaria, que les garantizaba diez salarios mínimos a los 30 años de servicio, a la modalidad de cuenta individual donde, si el trabajador hacía aportaciones adicionales, podría llegar a conseguir un pago mensual de 25 salarios mínimos.

El tiempo confirmó el engaño que en las discusiones de ese año documentaron diversas agrupaciones de trabajadores: pensiones miserables. Las estimaciones actuariales que hicimos en el Sindicato de Investigadores de El Colegio de la Frontera Norte mostraban que era necesario trabajar 38 años para conseguir los diez salarios mínimos que el régimen de bolsa solidaria establecía a 30 años de servicio, y la posibilidad de hacer aportaciones adicionales para incrementar el monto de la pensión simplemente estaba/está cancelada por los niveles salariales que impiden excedentes que permitan ahorros con esos propósitos.

Esta referida Ley de 2007, en un artículo transitorio, hubo de aceptar el derecho de trabajadores de optar por mantenerse en el régimen de bolsa solidaria, ahí se refugiaron miles, sin embargo no dejaba de ser un destino pensionario empobrecedor, pues la referencia en salarios mínimos resultaba en niveles marginales de ingreso debido a la crónica contención de su monto acordado en contubernio entre instancias gubernamentales y sector patronal a través de la oscura Comisión Nacional de Salarios Mínimos, el garlito sostenido era que el incremento “desproporcionado” del salario referencial era sumamente inflacionario, los sustanciales aumentos anuales que el régimen obradorista ha hecho en estos últimos seis años han demostrado esa falacia economicista utilizada por 36 años, desde el régimen delamadridista hasta el gobierno peñista.

Después de los crímenes laborales del calderonismo, y en otro lance reivindicatorio falso, el gobierno de Peña, en enero del 2016, creó las Unidades de Medida y Actualización (UMA) para sustituir la referencia en salarios mínimos para las deudas y despegarlas, según, del impacto inflacionario, pero antes de terminar su periodo volvieron a su esencia, promovieron una ley para que el régimen pensionario de bolsa solidaria que establecía el alcance de 10 salarios mínimos mensuales salvaguardado en el artículo 10mo. Transitorio, también fuera referenciado a UMA´s, pero en igual número: 10 UMA´s, esta reforma llegó a la Suprema Corte de Justicia ya en el periodo obradorista, y nuestros honestos y austeros ministros confirmaron la “constitucionalidad” de la norma promovida: el menor valor de la UMA tiene como consecuencia pensiones dolorosamente deprimidas, el “salario de cotización”, base referencial del ISSSTE para las pensiones, en su nivel máximo equivale a esas 10 UMA´s, y es solo aplicable a quienes eligieron acogerse al artículo transitorio no para quienes optaron por cuentas individuales, ellas/os enfrentan condiciones pensionarias más precarias.

En la eventual iniciativa que, en palabras de los coordinadores de las fracciones partidistas actuales en las cámaras legislativas y afines a la 4T, se estaría elaborando en estos días, pues aún no había sido escrita, lo importante no es lo que el presidente ha venido mencionando relativo a que las jubilaciones se otorguen considerando los años de servicio (28 para mujeres y 30 para hombres) sin condicionarlas a la edad, lo verdaderamente importante es el monto de la pensión, se trata de restituir en Ley la prescripción de los diez salarios mínimos o, en su defecto, duplicar el número de UMA´s, eso es lo que realmente esperamos que contenga la iniciativa de restauración de la Ley del ISSSTE que Claudia Sheinbaum ha priorizado para este septiembre.


*Profesor Investigador
El Colegio de la Frontera Norte, Unidad Mexicali
jza61@colef.mx

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