Solicita Uriel Carmona dos amparos contra órdenes de aprehensión
Ciudad de México, 13 de septiembre-. El fiscal general de Morelos, Uriel Carmona, promovió dos nuevos juicios de amparo para evitar que se cumplimenten nuevas órdenes de aprehensión, localización, presentación o comparecencia, así como la privación ilegal de la libertad personal fuera de procedimiento, desaparición forzada y tortura.
El funcionario presentó las demandas de garantías en los juzgados Sexto y Octavo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales, ambos en el estado de México, en contra de los jueces del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, Manuel Alvarado Lara y Gilberto Cervantes Hernández, respectivamente.
El fiscal fue detenido el pasado 4 de agosto en su domicilio en Cuernavaca por autoridades de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, y luego vinculado a proceso.
Hace una semana, fue trasladado al Centro Federal de Readaptación Social número 1 “El Altiplano”, en Villa de Almoloya de Juárez, estado de México, donde en la actualidad permanece privado de la libertad, acusado, entre otros delitos, por su presunta responsabilidad en el delito de encubrimiento por favorecimiento y por su presunta participación en el delito de feminicidio, en su calidad de auxiliador.
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El juez sexto, Enrique Vázquez Pérez le otorgó la suspensión provisional para efectos siguientes: en caso de que el delito por el que se giró la orden de captura reclamada amerite prisión preventiva, una vez que sea capturado el quejoso, quede a disposición del Juzgado de amparo en el lugar en que sea recluido, en cuanto a su libertad personal se refiere, quedando a disposición del juez de la causa, para la continuación del procedimiento; hasta que se resuelva sobre la suspensión definitiva.
El impartidor de justicia precisó que si el delito por el que se libró la orden de captura reclamada no amerite prisión preventiva, los efectos de la concesión son: para que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan y el quejoso no sea privado de su libertad personal, en el entendido que la medida cautelar decretada no tiene el efecto de paralizar la continuación del procedimiento en su contra.
Por separado, el juez octavo, José Fernando García Quiroz, juez Octavo, otorgó concedió una suspensión de plano para que Carmona Gándara no sea objeto de actos de desaparición forzada y tortura. Además, dio un plazo de 24 horas a las autoridades penitenciarias para que informen sobre el cumplimiento a dicha determinación.
Asimismo, requirió a las responsables para que, de ser el caso que Uriel Carmona, haya sido objeto de alguna detención por la comisión de un delito y esté a disposición del Ministerio Público, éste resuelva su situación jurídica dentro del término de cuarenta y ocho horas que establece el artículo 16 de nuestra Carta Fundamental, o bien, de 96 horas en casos de delincuencia organizada, contadas a partir del momento en que se hubieren puesto a su disposición, esto es, decrete su libertad o los consigne ante la autoridad judicial correspondiente.