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Baja California

¿Quiere el Tribunal Electoral tirarle la candidatura a Ismael Burgueño?

Por: La Jornada Baja California

Tijuana, 28 de marzo. Sin mencionar el nombre de algún candidato al que pudiera afectar con esta resolución, el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (Tjebc) revocó parcialmente un acuerdo del Instituto Estatal Electoral de Baja California (Ieebc) que solo prohíbe ser candidatos a quienes estaban en la lista de deudores alimentarios y hubieran incurrido en violencia política contra las mujeres en razón de género.

La resolución está siendo interpretada por distintos actores políticos como un golpe a la candidatura de Ismael Burgueño Ruiz, quien el pasado 19 de marzo reconoció que fue sentenciado en 2017 como deudor alimentario, pero en esa fecha, luego de su designación como abanderado de Morena por la alcaldía de Tijuana, aseguró que «soy un padre responsable; mis hijos se encuentran de maravilla, no hay morosidad en lo absoluto y cumplo con todos los requisitos para registrarme».

A Ismael Burgueño lo designó el partido Morena, con lo que se descartó la posibilidad para la actual alcaldesa de Tijuana, Montserrat Caballero Ramírez, quien aspira a la reelección; para el ex boxeador Erik «El Terrible» Morales Elvira, y la diputada local Evelyn Sánchez.

En la sesión pública del Tjebc transmitida la tarde del miércoles, el presidente del organismo, Jaime Vargas Flores, emitió una opinión y fallo a favor de los recursos de inconformidad 36/2024 y 39/2024 -presentados por los partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano-, contra los lineamientos para el registro de candidaturas a munícipes y diputaciones, en términos para especialistas en el tema electoral, y por ello se ha prestado a interpretaciones del sector político.

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Vargas Flores propuso la revocación parcial del acuerdo y anexo único del Consejo General Electoral del Ieebc de los lineamientos para el registro de candidaturas, por considerar que se acotó la temporalidad de revisión de las sentencias firmes y vigentes respecto a deudores alimentarios morosos y violencia política contra mujeres en razón de género.

En el caso de deudores alimentarios solo se considera el periodo a partir del 30 de mayo de 2023 -cuando entraron en vigor las reformas legales correspondientes- a la fecha en que se analice la documentación, y en el caso de violencia política contra mujeres en  razón de género es a partir del 14 de abril de 2020 a la misma fecha.

«El Consejo General si bien no incurrió en una omisión absoluta al establecer un procedimiento de verificación para que las personas que aspiren al registro de una candidatura o en su caso ya registradas no se ubiquen en alguno de los supuestos que establece el artículo 38 fracción VII de la Constitución federal, el mecanismo resulta general e impreciso dado que en primer término acota en gran  medida la temporalidad de revisión de las sentencias firmes y vigentes que encuadren en los supuestos», señaló.

Calificó como «incongruente» el hecho de que el IEE «solo pretenda ejercer su facultad de verificación respecto de las sentencias que se encuentren firmes a partir de las reformas en comento, pues tal decisión implicaría soslayar las resoluciones que guardaron firmeza antes de la fecha en que entraron en vigor las mencionadas reformas, cuya condena pudiera encontrarse vigente a fecha de su revisión».

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Esto «otorgaría una ventaja indebida a los aspirantes que pretenden el registro de una candidatura o a los registrados, pues la incorporación por parte de la autoridad responsable de un elemento relacionado con el inicio de la temporalidad de la revisión tornaría nugatoria la esencia de la reforma», advirtió el presidente del tribunal electoral.

Recordó que la ley conocida como 8 de 8 «es muy clara al establecer que el objetivo de la misma es que quienes hayan cometido algún ilícito relacionado con violencia política contra las mujeres en razón de género y las personas declaradas deudores alimentarios en mora con sentencia firme y vigente no puedan ocupar cargos públicos de índole alguna, en aras de la protección al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, así como el derecho humano de la niñez».

Vargas Flores señaló la necesidad de vincular al Tribunal Superior de Justicia del Estado y al Consejo de la Judicatura estatal -por conducto de su presidente-, «a efecto de que en auxilio a las labores de verificación facultadas al Ieebc brinde el apoyo necesario para el procedimiento de confrontación relatado».

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Dijo que en esto deben participar autoridades en materia familiar como penal del Poder Judicial del Estado «ante la inexistencia, hasta el momento, de un padrón de deudores alimentarios de Baja California, así como del registro nacional de deudores alimentarios morosos».

El presidente del Tjebc propuso que se dé vista a la Unidad de Vinculación del Instituto Nacional Electoral con los organismos públicos locales electorales «ante la grave omisión de la autoridad responsable de impulsar de manera diligente y en tiempo y forma la emisión de los mecanismos o convenios requeridos para dar el debido cumplimiento a la disposición constitucional».

Aclaró que «sin embargo a juicio del suscrito (Jaime Vargas), estoy proponiendo dejar a salvo sus derechos para que ellos de manera directa, ante la autoridad correspondiente, presenten los procedimientos que ellos deseen hacer y que en su caso están obligados a actuar en mérito de sus respectivas facultades y competencias, esto es en términos generales la propuesta del proyecto que someto a consideración».

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