Policías no podrán usar arma de cargo en tareas de seguridad privada
Tijuana, 26 de junio. Agentes de la Policía Municipal no podrán usar su arma de cargo en servicios de seguridad privada, dio a conocer la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal (SSPCM), que explicó que así se da cumplimiento a la reciente modificación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
A través de un comunicado, la dependencia municipal explicó que el 28 de mayo fue actualizado el artículo 34 Bis de dicha ley, que textualmente dice: “el armamento y municiones correspondientes a una licencia oficial colectiva sólo pueden emplearse en funciones de carácter oficial y de seguridad pública”.
De lo anterior se deriva que quedará prohibido el uso de armas oficiales en actividades de carácter privado, como seguridad a particulares, seguridad a los bienes y seguridad en el traslado de bienes o valores.
La SSPCM informó que comenzó con los procedimientos correspondientes para que su personal se apegue a la normativa vigente, evitando cualquier incumplimiento de una ley de carácter federal.
Se ha hecho énfasis en notificar a los elementos adscritos a la Dirección de Servicios de Protección Comercial y de Vigilancia Auxiliar, quienes brindan servicios de seguridad privada.
Cabe precisar que la disposición aplica únicamente al personal que realiza funciones que entran en los supuestos del artículo 34 Bis, y no afecta a quienes desempeñan tareas distintas dentro de la misma Dirección.




