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Baja California

Ordena Tjebc que se postule a «por lo menos» una mujer en Tijuana o Mexicali

Por: La Jornada Baja California

Tijuana, 9 de enero. El Pleno del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (Tjebj) determinó que por lo menos una de las candidaturas para munícipes en Tijuana y Mexicali sean para una mujer, con lo que resolvió el juicio JDC-64 mediante el cual se impugnó el dictamen 8 de la Comisión de Igualdad y no Discriminación del Instituto Estatal Electoral, y coloca en «riesgo» la postulación de aspirantes varones, como el ex boxeador Erik Morales Elvira en este municipio, o de Netzahualcóyotl Jáuregui en Mexicali.

En un comunicado de prensa, el tribunal electoral informó la noche del lunes que el juicio JDC-64 y Acumulados lo promovieron Idolina Brena Portugal «y otros», aunque en noviembre pasado la alcaldesa de Tijuana, Montserrat Caballero Ramírez, anunció que impugnaría la decisión del Ieebc que ratificó el dictamen 8, el cual colocaba a este municipio, junto con Mexicali, Rosarito y San Quintín en un «bloque bajo», el cual planteaba dos candidatas y dos candidatos, a criterio de los partidos y coaliciones.

No se contempló que, «bajo el indicador de ponderación de presidentas municipales, la evaluación de mujeres electas no es aplicable para los municipios de San Felipe y San Quintín, ya que ambos municipios nunca han nombrado persona de género alguno, cuando la realidad es que no han tenido la oportunidad de hacerlo, sino hasta en este proceso electoral local», refirió el Tjebc.

Además destacó que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), Tijuana, como ciudad, es la segunda mayor poblada del país, antecedida únicamente por Ciudad de México y, por lo que hace al municipio de Mexicali, «el Instituto pasó por alto la importancia que reviste dicha ciudad, por ser la sede central de los poderes en el estado de Baja California».

Destacó que en su primera sesión pública del año «determinó modificar el Dictamen impugnado en lo tocante a la integración de los bloques de competitividad en la asignación y registro de candidaturas a munícipes, para quedar en tres bloques. Un bloque alto con los municipios de Tijuana y Mexicali, con por lo menos una mujer; un bloque medio con los municipios de Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito, con por lo menos dos mujeres y, un bloque bajo con los municipios de nueva creación, como son San Quintín y San Felipe, con por lo menos una mujer».

No se ajustaba a sentencias sobre paridad de género

Consideró que «el estudio realizado por la autoridad responsable no se ajustó a lo ordenado en sentencias previas tanto del Tribunal Electoral de Baja California, como de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) relacionadas con las pautas y criterios para garantizar el mandato constitucional de paridad de género».

Mediante el acto controvertido se crearon dos bloques de competitividad, uno alto integrado por los municipios de Tecate, Ensenada y San Felipe, y el bajo que incluye a Tijuana Mexicali, Playas de Rosarito y San Quintín, señaló el tribunal.

En el documento, denominado «Oportunidad de paridad de género» se indicaba que por ser siete municipios en Baja California se tendrían que registrar cuatro mujeres y tres hombres por coalición o partido, pero con los bloques se planteaba que en Ensenada, San Felipe y Tecate, que eran de «alta rentabilidad» para mujeres tendrían que tener como mínimo dos candidatas, y Tijuana, Mexicali, San Quintín y Rosarito, de «baja rentabilidad» para ellas, se repartirían en dos y dos.

Por su cuenta, el Tribunal Electoral agregó que respecto a la integración de los bloques de competitividad para la postulación en diputaciones, la autoridad responsable no se ajustó a los parámetros de la normatividad, quedando en tres bloques, agregó.

«Esto es, un bloque alto de seis postulaciones, tres hombres y tres mujeres, un bloque medio de seis postulaciones, tres mujeres y tres hombres y, un bloque bajo de cinco postulaciones de tres mujeres y dos hombres, con ello se salvaguarda de manera significativa, cualitativa y cuantitativamente la posibilidad de participación de mujeres en doce distritos electorales más competitivos, alto y medio con igual proyección, importancia, influencia política y posibilidades reales de triunfo».

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