Busca iniciativa sancionar violencia de género en funcionarios
Mexicali, 29 de junio. La Diputada Santa Alejandrina Corral Quintero, presentó una iniciativa de reforma al Artículo 64 de la Ley de Responsabilidades Administrativas Estatal, con la intención de atender la problemática en torno a la indebida conducta de los servidores públicos responsables de la investigación, substanciación y resolución de las faltas administrativas relacionadas con violencia de género.
Conductas que pueden tornarse en omisiones graves, sobre todo en aspectos relacionados con la investigación e integración expedientes, pudiendo afectar el debido proceso, incurriendo en actos de dilación para la atención de casos, investigaciones deficientes, y errores en el desempeño de la función, corrupción, entre otros, agregó.
Estas acciones -dijo- dañan de forma múltiple a las víctimas y familiares relacionados con violencia de género. Y sin duda alguna, dichas conductas son algunas de las causas que, en muchos de los casos, terminan por desvirtuar y deformar las funciones de los servidores públicos encargados de desarrollar los respectivos procedimientos administrativos, teniendo como consecuencia indirecta la revictimización de las personas denunciantes.
Tanto a nivel nacional como estatal, se han hecho numerosos esfuerzos para enfrentar la problemática derivada de la violencia de género, que se perpetua a lo largo y ancho del país, al atender los lineamientos establecidos en la Alerta de Violencia de Genero, obligando a muchas Entidades Federativas, como la nuestra, a legislar con perspectiva de género y establecer un sistema que prioriza en todo momento los derechos humanos de toda mujer.
Sin embargo, resaltó la Legisladora del Partido Acción Nacional que, en muchos de los casos resulta que los principales detractores de todo este sistema, terminan por ser los encargados de la investigación, substanciación y resolución de las faltas administrativas relacionadas con dicho tema.
En razón de lo anterior, subrayó que se torna necesario endurecer las sanciones a que se deben hacer acreedores los servidores públicos, cuando no actúan con la probidad correspondiente dentro de sus funciones de investigación, substanciación y resolución de faltas administrativas relacionas con la violencia de género, “pues de esta manera estamos implementando acciones afirmativas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y garantizarles el acceso a una vida libre de violencia”.
Por ello, al considerar que, dentro del orden jurídico estatal no se encuentra la precisión de las faltas graves que sin ninguna ambigüedad impliquen actos de dilación, malas prácticas, omisiones y/o simulación que se constituya en entorpecimiento o desvío de procedimientos para el esclarecimiento de posibles faltas administrativas relacionadas con cualquier expresión o tipo de violencia de género; es que se propone la presente reforma para establecer con una perspectiva de género que se considera obstrucción de justicia y, asimismo establecer como consecuencia que se considera esta conducta como falta grave.
Por tales motivos, se establece en esta iniciativa que, los Servidores Públicos responsables de la investigación, substanciación y resolución de las faltas administrativas incurrirán en obstrucción de la justicia, cuando: “Efectúen acciones de encubrimiento de cualquier tipo que tiendan a la omisión, simulación o dilación en la aplicación de procesos y protocolos de investigación para el esclarecimiento de faltas administrativas relacionadas con violencia de género y que con ello, se afecte de manera múltiple y revictimice a las familias y a la o las personas afectadas”.