Baja California

Adiós a la reelección y nepotismo en BC; Congreso aprueba iniciativa de gobierno

Por: Redacción La Jornada Baja California

Mexicali, 28 de noviembre. En Baja California ya no será posible la reelección de cargos populares para los ámbitos ejecutivo, legislativo y municipal de manera consecutiva a partir del proceso electoral 2029-2030, además de que se impondrán candados contra el nepotismo, con la iniciativa propuesta por la gobernadora Marina del Pilar Avila Olmeda y aprobada este viernes por el Congreso del Estado.

Se trata del Dictamen Número 65 de la Comisión de Gobernación que reformó varios artículos de la Constitución Política del Estado y la Ley Electoral, cuyo objetivo es prohibir la reelección inmediata y evitar que familiares de quienes ejercen funciones en los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como en el gobierno Municipal accedan a cargos de elección popular, práctica identificada como nepotismo, informó el Congreso del Estado en un comunicado de prensa.

En el ámbito legislativo se establece que las diputaciones no podrán ser reelectas de manera consecutiva, sin importar si fueron postuladas por partidos, coaliciones o como candidaturas independientes. Las suplentes solo podrán postularse como propietarias si no ejercieron el cargo, mientras que las propietarias no podrán postularse como suplentes en el periodo inmediato posterior, detalló.

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Por su cuenta la presidencia, sindicatura y regidurías de los ayuntamientos tampoco podrán ser electas de manera consecutiva, con las mismas reglas de suplencia que en el ámbito legislativo, indicó el boletín.

Asimismo, la reforma establece que ninguna persona podrá ser elegida para un cargo de elección popular si en los tres años previos a la elección ha mantenido una relación cercana como matrimonio, convivencia, unión civil o parentesco, con quien ejerza funciones en los poderes Legislativo, Ejecutivo o a nivel municipal, en cumplimiento de las restricciones contra el nepotismo.

Las disposiciones aprobadas entrarán en vigor al inicio del proceso electoral 2029–2030, de ahí que quienes en 2030 se encuentren ejerciendo los cargos señalados no podrán postularse para reelección inmediata ni ser registradas si incurren en los supuestos de nepotismo establecidos.

Se modifican los artículos 16, 17, 18, 42, 78 y 80 de la Constitución Política del Estado, así como los artículos 21, 30, 134, 136, 145 y 169 de la Ley Electoral; al artículo 29 de la Ley que Regula las Candidaturas Independientes, y la derogación del artículo 9 TER de la Ley del Régimen Municipal.

Según el comunicado, con la aprobación del Dictamen No. 65, el Congreso del Estado reafirma su compromiso con la equidad democrática y con la eliminación de privilegios familiares en el servicio público, por lo que califica de un «avance histórico hacia un ejercicio legislativo, ejecutivo y municipal más plural, ético y representativo».

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