Pendiente publicar reforma constitucional indígena de Baja California
Aunque el pasado 4 de abril el Congreso aprobó el dictamen que reforma al artículo 7 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California en materia de Derechos Políticos Electorales de las personas integrantes de los pueblos y comunidades indígenas, aún falta que la gobernadora Marina del Pilar Ávila Olmeda ordene su publicación en el Periódico Oficial.
La aprobación de esta reforma constitucional fue resultado de reclamos y fuertes movilizaciones llevadas a cabo por los miembros de las comunidades y pueblos indígenas de Baja California, señala la organizaciòn civil promovente de la reforma Agenda Ciudadana por el Desarrollo y la Corresponsabilidad.
Agregó en un comunicado que la falta de atención e insensibilidad legislativa por parte de diversas legislaturas en el Congreso Estatal obligó a los interesados a recurrir a los tribunales para exigir a los diputados que cumplieran con sus obligaciones y aunque el Congreso de Baja California ya aprobó una propuesta de reforma constitucional, todavía existen desafíos pendientes para que dicha reforma entre en plena vigencia.
Explicó que la reforma de la Constitución del Estado de Baja California requiere de un proceso que involucra varias etapas y no se limita únicamente a la voluntad de los legisladores locales.
Después de la aprobación de la reforma por parte del Poder Legislativo, esta debe ser enviada a los siete municipios de Baja California, de acuerdo con lo establecido en el artículo 112 de la Constitución.
En virtud de la importancia de una reforma a la máxima ley del estado, los municipios, como parte del pacto estatal, tienen la facultad de deliberar y rechazar la reforma constitucional. Sin embargo, si más de la mitad de los cabildos municipales aprueban la propuesta de reforma constitucional, el procedimiento continúa, y es responsabilidad de la titular del Poder Ejecutivo Estatal publicarla en el Periódico Oficial del Estado para que entre en vigencia.
Además, la ley establece que si los ayuntamientos no remiten al Congreso el resultado de la votación después de un mes, se considerará que aceptan la propuesta de reforma constitucional.
En este contexto, la Dra. Luz B. Burgueño de la Facultad de Derecho de la UABC en Tijuana explica que lo único que falta es la publicación de la reforma indígena por parte de la Gobernadora Marina del Pilar Ávila Olmeda en el Periódico Oficial, tal como se establece en el artículo 49, fracción I, de la Constitución Política de Baja California.
Bajo este concepto jurídico, la gobernadora tiene la obligación de publicar la reforma del artículo 7º de la Constitución en materia de Derechos Políticos Electorales de las personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes.
Esta reforma legislativa representa avances en materia de derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes, ya que se reconoce su condición, sostiene la organización civil.