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Región

Repudian sentencia que libera a sacerdote pederasta en Chihuahua

Por: Rubén Villalpando / La Jornada

Ciudad Juárez, 21 de mayo. Organizaciones de la sociedad civil de mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua acusaron al Poder Judicial Federal de corrupto por quitarle la sentencia de 34 años de cárcel al sacerdote pederasta Aristeo Trinidad Baca Baca, quien fue acusado de violar a una niña de su iglesia.

Con esta acción a través de un amparo que le concedieron al exsacerdote se tiene que repetir el juicio y victimizar nuevamente a la menor.

El sacerdote ganó un amparo para que la parte juzgadora en Ciudad Juárez revise el juicio y vuelva a valorar las pruebas que aportó el abogado defensor del acusado.

El Primer Tribunal Unitario del Décimo Séptimo Circuito ordenó que un tribunal estatal de segunda instancia vuelva a revisar las pruebas y dicte una nueva sentencia que reponga la anterior en contra del sacerdote, ahora inactivo y en cárcel domiciliaria por sus 70 años.

Baca Baca abusó de la menor del 2015 al 2018, y por este motivo con el lema “La Creo a la Niña” van a formar un grupo de abogadas y solicitar medidas cautelares de protección a la víctima.

A pesar del amparo que tiene, el sacerdote seguirá sujeto a las medidas cautelares impuestas, básicamente la prisión domiciliaria al que ha estado sometido desde febrero del 2019 cuando el juez de control, Félix Aurelio Guerra Salazar, lo autorizó incluso antes de la audiencia de vinculación a proceso.

El pasado 17 de mayo del 2024 un tribunal colegiado del Poder Judicial de la Federación otorgó un amparo al sacerdote Aristeo Trinidad Baca Baca, que tiene una sentencia de 34 años de prisión por pederastia.

El argumento para concederle el amparo es que los juzgadores estatales no valoraron las pruebas de inocencia a su favor.

En la lista de acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, se dio a conocer el engrose de la sentencia que se dictó en sesión del 3 de mayo pasado, en favor del sacerdote Aristeo Trinidad Baca Baca, da a conocer el despacho de abogados del acusado.

En su único punto resolutivo, en la ejecutoria resuelta por tres Magistrados Federales, integrantes de ese órgano jurisdiccional determinaron que “la Justicia de la Unión ampara y protege a Aristeo Trinidad Baca Baca, en contra de la resolución de veinticinco de mayo de dos mil veintidós”, que fue emitida por la Sala Colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado que conoció del recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó en primera instancia por los delitos de violación y abusos sexuales”.

La sentencia de amparo realizó un análisis de los principios de presunción de inocencia y duda razonable, destacando que, “cuando obra contra el acusado prueba incompleta o insuficiente, no procede condenar sino absolver porque la duda debe usarse en beneficio del acusado, arribándose a la conclusión de que en toda sentencia el o los juzgadores deben cerciorarse siempre de que las pruebas de cargo, desvirtúan la hipótesis de inocencia efectivamente alegada en juicio, y al mismo tiempo debe descartarse que las pruebas de descargo o contra indicios, generen duda razonable sobre la hipótesis de culpabilidad sustentada por la parte acusadora”.

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