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Tipifican en BC la cohabitación forzada para proteger a menores y personas vulnerables

Por: Redacción La Jornada Baja California

Mexicali, 26 de marzo. El Congreso del Estado aprobó tipificar la cohabitación forzada de personas, para fortalecer la protección de niñas, niños, adolescentes y personas vulnerables, a través de la visibilización de prácticas que, si bien son socialmente percibidas como “normales” o “tradiciones”, en realidad constituyen actos de violencia o explotación.

Las iniciativas presentadas por la Red de Mujeres Unidas por Baja California A.C, la diputada Michel Sánchez Allende y el diputado Jaime Cantón Rocha, contemplan la reforma y adición al Código Penal estatal en materia de cohabitación forzada de personas y establecen penas de ocho a 15 años de prisión, así como sanciones económicas a quienes incurran en este delito.

Según el Dictamen número 80 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, las penas se incrementarán en casos en que exista parentesco entre la víctima y el agresor, así como cuando se trate de personas pertenecientes a comunidades indígenas o afromexicanas, explicó el Congreso del Estado en un comunicado de prensa.

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Durante la sesión ordinaria de este jueves, el pleno del Congreso reconoció que, aunque el matrimonio infantil está prohibido en México, persisten uniones informales que reproducen condiciones de desigualdad, control y violencia, afectando el desarrollo integral y el proyecto de vida de las víctimas.

Explicó que la reforma incorpora un nuevo capítulo al Código Penal estatal, para establecer sanciones específicas a quienes cometan el delito de cohabitación forzada de menores de dieciocho años o de personas en situación de vulnerabilidad.

Asimismo, establece penas de ocho a 15 años de prisión, así como sanciones económicas a quienes incurran en este delito, mismas que se incrementarán en casos donde exista parentesco entre la víctima y el agresor, así como cuando se trate de personas pertenecientes a comunidades indígenas o afromexicanas.

La creación de este tipo penal fortalece el principio del interés superior de la niñez y armoniza la legislación local con el marco jurídico nacional e internacional en materia de derechos humanos, detalló.

Las y los legisladores destacaron que esta reforma también permite cerrar vacíos legales, al reconocer que estas prácticas no siempre implican violencia física inmediata, sino que se configuran mediante procesos de manipulación, coerción o presión sostenida en el tiempo.

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