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El tratado invocado por ‘El Mayo’ para su repatriación no es aplicable en EU

Por: Gustavo Castillo García / La Jornada

La solicitud que hizo Ismael El Mayo Zambada para que el gobierno de México le otorgue asistencia consular y reclame a las autoridades de Estados Unidos su repatriación inmediata, se sustenta en el Tratado para Prohibir los Secuestros Transfronterizos, cuyo cumplimiento no es aplicable para Estados Unidos, porque no ha sido ratificado por el Congreso de ese país.

Lo anterior conforme a lo señalado en el documento de 33 cuartillas Solicitud de asistencia consular y repatriación a México, entregado al consulado de México en Nueva York, y en el que se alude al Tratado para Prohibir los Secuestros Transfronterizos, firmado el 20 de noviembre de 1994 durante el gobierno de Carlos Salinas de Gortari, ratificado por el Senado mexicano y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2001, en el mandato de Vicente Fox. Sin embargo, ese acuerdo binacional no ha sido ratificado por el Congreso de Estados Unidos.

En los alegatos de Zambada para que México exija su repatriación se señala el conocimiento que la defensa del capo tiene sobre la falta de ratificación al acuerdo, y a las autoridades mexicanas solicitar que el Poder Judicial estadunidense y el gobierno de Estados Unidos se comprometan y entreguen las garantías suficientes de que no se me aplicará la pena de muerte.

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La petición escrita en español, entregada en Nueva York por el abogado Frank Pérez, se hizo con copia para la presidenta Claudia Sheinbaum, la Fiscalía General de la República, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la embajada de México en Estados Unidos.

El texto señala: El Tratado de Prohibición de Secuestros Transfronterizos entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, firmado en 1994, aunque no perfeccionado por la falta de ratificación de Estados Unidos, constituye un instrumento de referencia y fuerza orientadora en el derecho internacional para enfrentar actos ilegales como el traslado irregular del ciudadano mexicano Ismael Zambada García. Este tratado refleja principios fundamentales del derecho internacional que deben ser respetados, independientemente de su ratificación formal. La falta de acción por parte de Estados Unidos para perfeccionar el tratado, además de sus repetidas violaciones al derecho internacional, refuerza la obligación de México de invocarlo y aplicarlo como un estándar para proteger la soberanía nacional y los derechos humanos.

En la solicitud de asistencia consular existe un apartado que refiere: Aunque México ratificó este tratado en 2001, Estados Unidos no ha cumplido con su parte, demostrando una falta de compromiso con las normas internacionales que ambos países acordaron para prevenir actos ilegales de traslados forzosos.

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