Isegoría | Pendientes de la ley o la Ley pendiente
No es fácil, sin duda, caracterizar a un régimen de gobierno en la época. Mucho menos cuando ese régimen, como el actual del país, camina tambaleante por un alambre que se mece incesantemente sobre el abismo de la vida social y sin que la transición sedosa que se intenta concretar se sepa si se logrará o no. ¿Alguien, con precisión sabemos qué es el humanismo que se intenta, qué carajos es eso de la economía moral? En fin, llámese como se llame el régimen, él, desde su inicio, tuvo que combatir con todo para lograr que las leyes del país (reformadas una y otra vez para concretar los fines aviesos de la burguesía dominante) operasen para darle cuerpo a los fines de gobierno perseguidos y por eso la pugna –persistente y ácida hasta hoy– entre un Poder Judicial surgido de las entrañas de la vieja burguesía dominante y unos Ejecutivo y Legislativos que promueven, sedosamente hasta hoy, el fin del neoliberalismo y de todo lo que lo acompaña, aunque sin estridencias ni redobles de tambor.
Si se quería lo anterior –fin del neoliberalismo– se sabía bien que había que fundar una nueva república y por ende una nueva ley, de ahí entonces la pregunta de por qué se optó y se opta –sedosa pero infructuosamente– por modificar ciertas leyes, en lugar de, desde el inicio del nuevo régimen de gobierno, fundar una nueva Ley (o sea, fundar una nueva Constitución) que engendrara leyes que permitieran dar origen a las nuevas relaciones sociales que fundamentaran el verdadero fin del neoliberalismo (cosa que, de ninguna manera, concretan los regímenes que promueven la transición sedosa).
Ese dilema, pues, explica el por qué de los pleitos hasta hoy inacabables entre poderes de la República que hoy amenazan llegar al extremo del golpe de Estado blando vía lo que se denomina lawfare, que no es sino la intervención abierta del Poder Judicial en contra (a veces de acuerdo con el Legislativo, como en Perú) de uno o de los otros poderes (Ejecutivo y Legislativo como sería eventualmente en el caso de México) de la República, esgrimiendo la “pureza” de la ley como razón suma de un proceder delincuencial.
De ahí entonces la pregunta: ¿qué es en sustancia la ley y por qué la necesidad de fundarla si se quiere fundar una nueva República? Las normas escritas (así llamaban los romanos a la ley) que fundan la vida de una nación, no son sino aquellos principios, resultado de acuerdos, entre los habitantes de la ciudad o del campo para ordenar su vida diaria, tratando de que ese orden se estableciera de acuerdo con los derechos y obligaciones que cada quien tenía que cumplir. Es la Constitución el receptáculo de aquellas leyes básicas o fundamentales que rigen la vida social. Y de aquí, entonces, una pregunta que reitero: ¿por qué en lugar de litigar inútilmente con el Poder Judicial, si en realidad quería ponérsele fin al neoliberalismo, no se optó por concretar una nueva Constitución que, de manera clara y precisa, fundara a la nueva República que de ahí (del fin del neoliberalismo) se desprendía o se creyó, equivocadamente, que la mil y una vez reformada Constitución del 17 podía ordenar al nuevo régimen social?
Mucho del merequetengue que hoy existe con la ley y el Poder Judicial se hubiera podido evitar, se cree, si los líderes y conductores de la Cuarta Transformación se hubieran hecho la pregunta anterior.
*Profesor jubilado de la UPN/Ensenada