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Opinión

El arte de conversar | La realidad de la contratación colectiva a partir del 1 de mayo de 2023

Por: Arturo Mendez Preciado

La reforma a la LFT del 1 de mayo de 2019 dispuso que todos los contratos colectivos firmados en México deberían pasar por un proceso de legitimación antes del 1 de mayo de 2023. Por legitimar debemos entender que se debe dar a conocer a los trabajadores de una empresa que existe un contrato colectivo y si están de acuerdo en su contenido: para lo anterior se debe convocar a una asamblea para que de manera personal, libre, secreta y directa expresen a través de su voto si están de acuerdo con su clausulado, todo ante presencia de un fedatario público. Este procedimiento lo conduce, revisa y verifica el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral –CFCRL-.

La pregunta es ¿qué sucede si no se legitima el contrato colectivo antes de la fecha indicada?; la reforma a la ley en sus transitorios señala que todos aquellos contratos colectivos que no hayan sido legitimados se archivarán, es decir se darán por terminados, esto es la empresa deja de tener pacto colectivo.

Sobre este tema, originalmente la secretaria de Trabajo Luisa María Alcalde Lujan informó que había firmados 500 mil contratos colectivos, aunque después reculó y manifestó que solo eran 150 mil.  Hablando de números según la plataforma del CFCRL, al 1 de mayo de 2023 únicamente fueron legitimados 15,800 contratos colectivos, de un total de 140 mil lo que implica que 124, 200 mil fueron terminados y ahora son archivados, se presume que esos son los famoso contratos de “protección” y que protegen a cerca de 4 millones de trabajadores.

La otra interrogante es: ¿Qué pasará ahora con las empresas que tienen firmados contratos colectivos y que no fueron legitimados? Como dijimos, ya no tienen contrato colectivo de trabajo, y ningún vínculo u obligación se tiene con el sindicato que fuera titular del contrato terminado y archivado, esto implica que ni cuotas sindicales ni descuentos a los trabajadores se deben hacer.

Esto significa que ¿la empresa ya no está protegida?, ciertamente, este es el espíritu de la ley, no más contratos de protección, sólo subsisten los legítimos, extinguidos son, aquellos contratos de papel firmados a espaldas de los trabajadores.

Pero y ¿qué sucede con las prestaciones contempladas en el contrato?, los transitorios de la reforma dicen que las prestaciones subsisten y deberán seguirse cumpliendo como derecho adquirido por los trabajadores, pero no hay contrato colectivo.

Surge más interrogante: ¿Qué suceden si la empresa quiere seguir trabajando con la misma representación sindical? El sindicato interesado tendría que obtener una constancia de representatividad, esto es, obtener la autorización del 30% de los trabajadores de la empresa cuando menos, de que es su voluntad que ese sindicatos los represente  y solicite la firma de un contrato colectivo, además de las firmas se deberá llevar a cabo una asamblea en el que se someta a votación de que es voluntad de la mayoría de los trabajadores  que el sindicato los represente, lo cual se deberá hacer ante un federativo público,. Trabajo complejo pero viable si se cumplen los requisitos puntuales deberá proceder. 

Otra variante es, dejar sin contrato la empresa, sujeto a que aparezca algún liderazgo natural dentro de  la empresa y propicie la creación de un sindicato interno o bien que se afilien a un sindicato ya existente y que realicen el procedimiento de solicitar constancia de legitimación y pedir la firma de un contrato. Aquí se es vulnerable a que sindicatos con intereses extraños a la empresa se entrometa en su operación, por no decir políticos.

Lo cierto es que como negocio de protección o extorsión esto dejó de existir púes obtener un constancia de legitimación implica trabajo y recursos humanos y económicos, por ello las empresas pequeñas no creo que sean objeto atractivo para dirigencias sindicales para trabajar la firma de un contrato; sin embargo, las empresas grandes seguro si serán expuestas a que sindicatos, locales,  nacionales o políticos traten de trabajar al interior de las empresas para obtener una constancia de legitimación y lograr la firma de un contrato.

Así que usted como empresa que decisión tomara, ¿no legítimo su contrato?, ¿buscará la firma de uno nuevo? O se quedará a la naturalita de dejar que se desarrollen las cosas de forma natural y estar expuestos a que un sindicato desconocido trabaje al interior de su empresa. ¿Usted qué opina?, ¡se vale replicar¡

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