Invalida la SCJN facultad de AMLO para asignar ahorros por austeridad
Ciudad de México, 5 de abril.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la disposición de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), que permitía al Presidente de la República decidir por decreto el destino de los recursos obtenidos mediante las medidas de austeridad en la administración pública.
Por mayoría de nueve votos, el pleno de ministros declaró inconstitucional el segundo párrafo del artículo 61 de la norma impugnada, el cual establecía que dichos fondos serían asignados “al destino que por Decreto determine el Titular”.
Los ministros coincidieron en que esta disposición viola la Constitución, que en su artículo 74 señala que la Cámara de Diputados es la única con facultades para establecer el destino de los recursos públicos.
“Conforme a nuestro marco constitucional, es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar el Presupuesto de Egresos y autorizar, entre otras cosas, el destino y el monto del gasto público federal para cumplir, entre otros, con los objetivos constitucionales reflejados en el Programa Nacional de Desarrollo, cuya aprobación también le corresponde, en exclusiva”, señaló la ministra ponente, Norma Lucía Piña Hernández.
Con esta resolución, la SCJN concluyó el análisis de la impugnación contra la Ley Federal de Austeridad Republicana, durante la cual, en la víspera, también invalidó la prohibición para que los ex funcionarios pudieran contratarse con empresas privadas, por un plazo de hasta diez años.
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