Sancionarán por defraudación fiscal subcontratación de personal sin cumplir requisitos
Tijuana, 18 de mayo. La subcontratación de servicios u obras especializadas distintas al objeto social y la actividad económica preponderante del contratante que no estén vigentes en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse), será sancionada fiscal y laboralmente, advirtieron autoridades federales.
La medida está contenida en la reforma en materia laboral que se hizo en 2021, y al respecto el abogado fiscalista Adolfo Solís Farías afirmó que los servicios u obras distintas al objeto social y a la actividad económica preponderante del contratante será sancionada al no contar con el registro en el padrón público de contratistas de servicios especializados u obras especializadas (Repse).
En un comunicado conjunto, la Secretarías del Trabajo y Previsión Social y el Sistema de Administración Tributaria (SAT) advirtieron que los prestadores de servicios que oferten y ejecuten servicios especializados sin contar con su registro en el Repse, y aquellos que aun contando con él incumplan con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, o con los requisitos de la Ley Federal del Trabajo en la materia, podrán ser sancionados por el delito de defraudación fiscal.
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Por su parte, las empresas o personas físicas que realicen la contratación de esos servicios no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado por las obras o servicios contratados.
De acuerdo con el artículo 1004-C de la Ley Federal del Trabajo, de no cumplir con estas disposiciones se impondrá una multa de 2 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), señalaron.
«El folio de la actividad que aparece en el aviso de registro del prestador de los servicios u obras especializados y la cantidad aproximada de trabajadores que ejecutarán dichos servicios deben estar señalados en el contrato de prestación de servicios u obras especializadas», expusieron.
La Secretaría del Trabajo y el SAT reiteraron a las personas físicas y morales que contraten servicios u obras especializadas a que realicen ese tipo de contrataciones con empresas que cuenten un registro vigente en el padrón del Repse de la STPS.