Emite Cedhbc recomendación por muerte de 2 reclusos en Mexicali
Mexicali, 23 de septiembre.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (Cedhbc) emitió la recomendación 09/2021 al Sistema Penitenciario y a la Secretaría de Salud del estado por la muerte de dos internos del penal de Mexicali que no recibieron atención médica oportuna e idónea.
El titular de la Cedhbc, Miguel Mora, señaló que en uno de los casos la víctima ingresó en septiembre de 2010 al Centro de Reinserción Social mexicalense con diabetes e hipertensión, y ante una serie de eventos de desatención que empeoraron su estado de salud, finalmente falleció siete años después.
El segundo caso es de otro hombre que llegó sano al mismo penal donde contrajo tuberculosis, y también por falta de atención oportuna murió en abril de 2017, unos días después de que sufrió una embolia durante la visita de una de sus hermanas.
Fernando
Fernando (nombre ficticio para proteger la identidad de la víctima) ingresó al penal el 25 de marzo con hipertensión y diabetes y ese mismo año le diagnosticaron en el mismo Cereso un absceso en el pulmón. El 2 de septiembre el absceso se le reventó y del área de urgencias el 22 de ese mes lo canalizaron a medicina interna como paciente de alto riesgo.
Pese a que se le agendó una cita para dar seguimiento a su estado de salud, Fernando fue excarcelado hasta el 22 de octubre de ese año «fuera de tiempo y sin los resultados de laboratorio necesarios para generar certidumbre clínica».
El 29 de abril de 2011 acudió a su cita médica, fuera de tiempo y sin ninguno de los resultados solicitados en la cita anterior y el doctor ordenó nuevamente los estudios correspondientes, pero el 8 de julio de 2011, Fernando tuvo que ser excarcelado al área de urgencias del Hospital General de Mexicali por complicaciones derivadas del absceso torácico que padecía.
Se gestionó interconsulta al área de cirugía, cita a la cual no acudió porque no fue excarcelado y no recibió atención médica de segundo nivel hasta cinco años después, y el 30 de junio de 2016 Fernando fue trasladado a urgencias por dolor precordial (dolor de pecho) y se le dio de alta al día siguiente.
Luego de varios episodios que empeoraron su salud, el 17 de febrero de 2017 Fernando pidió la intervención de la Cedhbc -vía telefónica- para que se le practicara un cateterismo o se le hicieran los estudios correspondientes, lo que derivó el expediente CEDHBC/MXL/Q/56/2017/2VG y las gestiones necesarias del organismo.
El 15 de mayo de 2017 la Cedhbc solicitó al director del Cereso medidas precautorias para Fernando pero el 14 de septiembre de 2017 sufrió un paro cardiaco y falleció al día siguiente en el Hospital General por insuficiencia respiratoria aguda, edema agudopulmonar y cardiopatía crónica isquémica.
Isidro llegó sano y murió de tuberculosis
El segundo caso es de Isidro, a quien recluyeron en el Cereso mexicalense el 16 de marzo de 2011 «totalmente sano» y ese mismo año contrajo tuberculosis, lo que generó que su salud se deteriorara hasta fallecer en 2017, expone la Cedhbc en la recomendación.
Una de sus hermanas interpuso una queja contra el área médica del Cereso ante el organismo de derechos humanos, bajo el argumento de que falleció por la falta de atención médica.
A partir del 2 de abril, durante una visita de su hermana, la situación de Isidro fue decayendo hasta morir. Ese día sufrió una embolia y en el área de enfermería se le diagnosticó «crisis de ansiedad y posible parálisis de Bell», pero para el 9 de ese mismo mes, otra hermana observó que la situación de su pariente empeoraba.
A petición de las familiares, el 11 de abril se le excarceló y se trasladó de urgencias al Hospital General donde se le practicaron estudios para determinar si tenía tuberculosis y se dio de alta con cita para siete días después, pero al día siguiente de nuevo tuvo una crisis y se le confirmó el diagnóstico además de infección por VIH. Finalmente Isidro falleció el 15 de abril.
Reparación del daño y no mecanismo de repetición para la autoridad
La Comisión Estatal de Derechos Humanos establece en la recomendación «de manera prioritaria la reparación del daño y la implementación de mecanismos de no repetición para la autoridad», además de que «capaciten a su personal por medio de programas educativos diseñados por una institución educativa o asociación civil».
El documento íntegro de la Recomendación 9/2021 puede ser consultado en este vínculo: https://bit.ly/3nXgPhA, compartió la Cedhbc.