Confirma IEEBC que no habrá candidaturas a alcaldías reservadas por género
Mexicali, 30 de noviembre. En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó dos dictámenes relativos a los lineamientos que garantizarán los principios de paridad de género, igualdad sustantiva y no discriminación.
El consejero electoral Abel Alfredo Muñoz Pedraza presentó el dictamen relativo a los lineamientos para garantizar el principio de igualdad sustantiva a las personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas en la postulación de candidaturas.
En ese sentido, se estableció que para la postulación al Congreso del Estado deberán integrar dos de sus fórmulas de candidaturas de las 17 vigentes por personas de la comunidad indígena o afromexicana.
En el caso de las planillas a munícipes, como lo son las presidencias municipales, regidurías y sindicaturas, deberán integrar una fórmula de la totalidad que integran a la planilla, en cada uno de los siete municipios.
Muñoz Pedraza también dio cuenta de dictamen número ocho, en el que se aprueban los lineamientos para garantizar el principio de paridad de género, igualdad sustantiva y no discriminación en la postulación y registro de candidaturas para el Proceso Electoral.
En relación a la conformación de planillas de ayuntamientos, Muñoz Pedraza señaló que, a fin garantizar la paridad los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes atenderán a lo dispuesto en el “Bloque cualitativo por municipios”.
Dichos bloques fueron divididos en alto y bajo; los municipios del bloque alto serán encabezados por una mujer en al menos dos de ellos, seguida por una fórmula compuesta por un hombre en el cargo de síndico, y continuando con el orden de prelación de regidurías, alternando el género. En uno de los municipios se postulará a un hombre a la cabeza de la planilla correspondiente, tal y como se visualiza en la siguiente tabla:
BLOQUE CUALITATIVO POR MUNICIPIOS MUNICIPIO BLOQUE CANDIDATURAS Tecate Alto 2 Mujeres 1 Hombre Ensenada San Felipe Tijuana Bajo 2 Mujeres 2 Hombres Mexicali Playas de Rosarito San Quintín
En los municipios que pertenecen al bloque bajo, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes postularán las candidaturas correspondientes en atención a su libre autodeterminación y en al menos dos de ellos postularán a la cabeza de la planilla a una mujer, y en los dos municipios restantes postularán a un hombre.
En cuanto a la figura de reelección, la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, a menos que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
En todos los casos prevalecerán los principios de paridad de género e igualdad sustantiva sobre la elección consecutiva, por lo que los partidos políticos y coaliciones deberán hacer los ajustes correspondientes para que se cumpla cabalmente dicha disposición.
Asimismo, se emitieron las acciones afirmativas en favor de las personas de la diversidad sexual y de género, personas con discapacidad y jóvenes.
Muñoz Pedraza informó que en la integración de ayuntamientos se deberá postular una fórmula homogénea del grupo en situación de vulnerabilidad (personas de la diversidad sexual y de género o personas con discapacidad) que no hubiese sido postulado en diputaciones, así como una fórmula homogénea de jóvenes en cualquiera de los siete municipios y en las primeras cuatro regidurías de la planilla correspondiente.