Abogados que cometan fraude serán inhabilitados por hasta 5 años: Congreso BC
Tijuana, 16 de octubre.- La Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobó este jueves cuatro reformas a los códigos Penal y Civil y a la Ley Orgánica del Registro Civil que serán presentadas ante el Pleno en la próxima sesión.
La reforma al artículo 325 del Código Penal establece que, si un abogado comete fraude procesal, podrá ser sancionado con la inhabilitación para ejercer su profesión por un periodo de hasta cinco años. Esta es la principal modificación, ya que agrava el delito cuando quien lo comete es el abogado patrono.
La comisión que preside la diputada Norma Angélica Peñaloza Escobedo también aprobó la figura del divorcio incausado en el Código Civil, que permite disolver el matrimonio sin expresión de causa. Con esta reforma se clasifica el divorcio como «necesario, voluntario o incausado».
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Además, se eliminó el plazo de dos años posterior al divorcio para poder contraer nuevo matrimonio, dejando vigente solo que «en virtud del divorcio, los cónyuges recobrarán su entera capacidad para contraer nuevo matrimonio».
La última reforma modifica la Ley Orgánica del Registro Civil para eliminar el requisito de legalización consular o apostilla en el trámite de registro de nacimiento de mexicanos nacidos en el extranjero, armonizando la norma local con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Las cuatro iniciativas fueron aprobadas con cuatro votos a favor.




