Luis de Llano deberá indemnizar a Sasha Sokol; abuso infantil no caduca: SCJN
Ciudad de México, 25 de junio. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este miércoles la condena civil impuesta al productor Luis de Llano Macedo, por lo que deberá indemnizar y reparar el daño causado a la artista Sasha Sokol, por el abuso sexual que cometió en su contra hace más de 30 años, cuando ella tenía 14 años y él 39.
Con esta resolución, votada por unanimidad, el máximo tribunal estableció la jurisprudencia que determina que, en casos de abuso sexual infantil no aplica la prescripción para presentar una demanda por la vía civil cuando no es posible hacerlo por la vía penal.
“Cualquier medida prescriptiva lesionaría el derecho de acceso a la justicia de las víctimas, lo que además se traduciría en la imposibilidad de obtener una compensación por el daño sufrido”, señaló la Corte a través del proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
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La Sala confirmó la sentencia dictada por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de México en septiembre de 2023, que ordena a De Llano Macedo pagar una indemnización a la actriz, tomar un curso de sensibilización y ofrecer una disculpa pública a la víctima. Lo anterior, debido a que la Corte consideró que los agravios planteados en el recurso “son infundados”.
Cuestionó que el TSJ utilizara la perspectiva de género
El productor musical y de televisión alegó errores procesales, como la omisión de incluir a otra persona en el juicio, la mala valoración de pruebas y testimonios, y un análisis incorrecto sobre la prescripción. También cuestionó que el TSJ utilizara la perspectiva de género para justificar sus decisiones.
Sin embargo, la Sala señaló que el quejoso pierde de vista que, en cumplimiento del mandato de juzgar con perspectiva de género, “los casos de violencia sexual son de realización oculta y no requieren pruebas directas que acrediten indiscutiblemente la relación”.
De Llano Macedo también sostuvo que el caso estaba prescrito, pues habían pasado más de dos años —plazo legal según el Código Civil local— desde los hechos. Criticó que se tomara como inicio del plazo un dictamen psicológico posterior a la demanda y afirmó que la víctima o sus padres pudieron haber presentado la demanda antes.
No obstante, el proyecto sostiene que aplicar la prescripción en estos casos vulneraría los derechos de acceso a la justicia, libertad y seguridad sexual, integridad personal y a vivir sin violencia. Por ello, concluye que no debe correr la prescripción en casos de violencia sexual contra menores.
Sasha Sokol denunció en 2022 que De Llano abusó de ella cuando tenía 14 años y él 39. Un juez ordenó al productor la indemnización y reparación del daño moral, entre ellas, que tome un curso de sensibilización y ofrezca una disculpa pública a la actriz. Ambas partes apelaron: ella buscaba que también se reconociera expresamente el abuso sexual. Un tribunal le dio la razón y condenó al productor, quien respondió promoviendo un amparo.
Cada víctima podrá acceder a la justicia y a la verdad: Sasha
Sasha Sokol celebró la decisión de la SCJN, y aunque afirmó que ninguna sentencia por sí sola tiene la capacidad de reparar el daño, resaltó que «esta sentencia trasciende por mucho mi caso personal y abre la vía del juicio civil para otras víctimas, ya que la Primera Sala de la SCJN ha declarado la imprescriptibilidad de la acción civil en casos de abuso sexual de menores. Desde ahora, cuando esté lista, cada víctima podrá acceder a la justicia y a la verdad».
En su cuenta de X, la actriz y cantante mencionó que Luis de Llano deberá aceptar las consecuencias de sus actos, pues ya no existe ninguna instancia más alta en la justicia mexicana.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó por unanimidad la condena en contra de Luis de Llano al probarse que cometió abuso sexual.
La Corte le ha negado el amparo. Ya no existe una instancia más alta en la justicia mexicana: deberá aceptar las consecuencias de sus…— Sasha Sokol (@SashaSokol) June 25, 2025
«Valoro profundamente que el proyecto del Ministro Jorge Pardo Rebolledo valide el proceso quevivimos las víctimas al reconocer que: ‘…en casos de abuso sexual en contra de menores existen tres problemas para efectos de la prescripción…: (i) el paso del tiempo necesario para que la víctima asimile los hechos e identifique plenamente su carácter de víctima; (ii) el paso del tiempo para entender que determinados daños fueron causados por la violencia sexual; y (iii) la lucha interna que existe en las y los sobrevivientes para tomar valor y acudir a las instancias judiciales…'», publicó.
Además resaltó que establece que la prescripción realmente representa una sanción para la víctima si no demanda en un plazo determinado, considerando que: «… son víctimas de violencia sexual sobre hechos que acontecieron cuando eran menores de edad y que causaron secuelas gravísimas en sus mentes que no terminan de desarrollarse o entender hasta que pasa el tiempo y cuentan con madurez, redes de apoyo o cualquier situación que permita comprender lo que sucedió».
Sasha Sokol recordó que «a los catorce años no tuve herramientas para comprender lo que me estaba pasando, mucho menos para defenderme. El abuso de Luis también sucedió al manipular la verdad con declaraciones falsas como que mis papás estaban de acuerdo, o incluso mintiendo ante el juzgado al declarar que la relación no había existido más que ‘en la mente de una niña fantasiosa'».
Por eso la justicia lo ha condenado por el abuso continuo; desde la relación sexual hasta el daño moral que violentó mi dignidad, integridad física, intimidad y honor. Llevar las cosas hasta aquí me ha devuelto la capacidad de acción. Hoy tengo en mis manos las riendas de mi vida y puedo cuidarme. Estabilizar la verdad es el principio de la reparación, destacó.