Congreso de BC aprueba Ley Sabina contra deudores alimentarios
Mexicali, 8 de marzo. Penas de hasta cinco se impondrán a quienes incumplan con su deber de proporcionar pensiones alimenticias gracias a una iniciativa que fue aprobada por el pleno del Congreso de Baja California en sesión ordinaria.
Con las reformas y adiciones al Código Civil del Estado, a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y a la Ley que Regula los Servicios de Control Vehicular en el Estado, se busca garantizar el cumplimiento de la obligación de proporcionar alimento, sobre todo a los hijos menores de edad.
La iniciativa destaca que serán sancionados quienes injustificadamente no proporcionen los alimentos a las personas con las que tengan deber legal; se impondrá prisión de dos a cinco años, la suspensión o privación de la patria potestad y demás derechos de familia, igual pena será impuesta a las personas que no proporcionen atención geriátrica a los adultos mayores de 60 años y a quien no proporcione los gastos de atención médica a la mujer embarazada con la que tenga ese deber legal.
En el caso de que no sean comprobables el salario o los ingresos del deudor alimentario, se determinarán con base en la capacidad económica y nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en el último año.
En materia administrativa destaca que en todas las modalidades de solicitud de licencia o su revalidación se requerirá al solicitante presentar su certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias; además, en materia civil se establece la obligación del juez que llevó el caso de informar a las autoridades migratorias para impedir que el deudor alimentario salga del país.
Con estas reformas se busca dar cumplimiento y armonizar la legislación conforme al Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.