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Baja California

Propone diputada Araceli Geraldo aumentar la pena al delito de robo en contra de menores de edad

Por: Redacción

Mexicali, 8 de noviembre. – La Diputada Araceli Geraldo Núñez presentó una iniciativa de reforma al artículo 208 del Código Penal del Estado de Baja California, con la finalidad de aumentar la penalidad a quien cometa el delito de robo en contra de personas menores de edad.

En su exposición de motivos, la legisladora del Grupo Parlamentario de Morena establece que desafortunadamente, uno de los delitos que más se cometen en nuestro País y sin ser la excepción nuestro Estado, es el de robo en cualquiera de sus modalidades pues así lo acreditan las estadísticas en materia penal, ya que de cada cinco asuntos que conoce el Ministerio Público o Fiscal, así como el Tribunal de Control, dos o tres son por dichos hechos.

 En lo que respecta al artículo 208 del Código Penal del Estado, el cual establece las causales del delito de Robo Calificado, la diputada Geraldo Núñez comentó que se olvida de un sector sensible en la población que no está contemplado en esta clasificación y que puede tener la calidad de víctima de dicho delito, siendo estos los menores de edad.

Considera que no puede ni debe castigarse de la misma forma al imputado que comete un robo a una persona menor de edad, destacándose que no importando el valor del robo dicho menor crea una emoción, sentimiento, impotencia que le puede generar daño emocional, ya que él menor no se puede defender en las mismas circunstancias, no reacciona de la misma forma, que una persona adulta.

El artículo 208, establece en su inciso e) que se impondrá una pena de dos a siete años, “cuando se cometa en contra de persona con discapacidad o de más de sesenta años de edad”, por lo que la legisladora propone agregar en este inciso el término “menores de edad” para quedar como sigue:

ARTÍCULO 208.- Robo Calificado. – Se aplicará al delincuente la misma pena del robo con violencia, adicionando a su vez las penas previstas en este artículo, en los casos siguientes:

I.- Se impondrá de dos a siete años:

e) Cuando de cometa en contra de persona con discapacidad, menores de edad o de más de sesenta años de edad;

La congresista agregó que la reforma propuesta, lleva como fin el dar certeza jurídica y proteger con amplitud a los menores de edad en materia penal cuando son víctima de dicho ilícito.   

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio, análisis y posterior dictaminación.

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