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Baja California

González Cruz no ocupa dos cargos de elección popular: Rocío Adame

Por: Redacción

Mexicali, 30 de septiembre.- Luis Arturo González Cruz no ocupa actualmente dos cargos de elección popular, precisó la presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso local, la Diputada María del Rocío Adame Muñoz.

Sostuvo que la XXIV Legislatura actúa con legalidad al restituir el cargo a González Cruz y revocar la licencia definitiva para ausentarse del cargo como presidente municipal.

En un comunicado de prensa, Adame Muñoz expuso que «ante las expresiones hechas por el secretario general de Gobierno, Amador Rodríguez Lozano, en cuanto a la reincorporación del presidente Municipal de Tijuana».

Expuso que «los puestos de elección popular son irrenunciables, y si bien se pueden solicitar licencias temporales y definitivas, estas concluyen al momento en que el representante popular decide regresar al cargo«.

Bonilla tiene derecho a regresar como senador

Puso como ejemplo que el gobernador Jaime Bonilla Valdez «solicitó en su momento licencia como senador para contender como candidato a mandatario de la entidad, y que en el instante que él decida, legalmente tiene derecho a regresar al cargo para el cual lo eligieron en el 2018″.

Sobre el tema de González Cruz, la presidenta de la Jucopo aclaró que no ocupa dos cargos de elección popular, pues obtuvo licencia como diputado federal para solicitar su reincorporación como presidente municipal de Tijuana, y sostuvo que el mandato popular prevalece para el cual fue electo en el año 2019 y concluye este 30 de septiembre.

Planteó como antecedente que hay diversos asuntos en que el Tribunal de Justicia Electoral resolvió que las licencias definitivas aprobadas por el Congreso del estado eran contrarias a disposiciones constitucionales, principalmente al derecho de ser votado, en su vertiente de acceso y desempeño del cargo de elección popular.

Antecedentes

“Básicamente el Tribunal resolvió que la norma prevista en el artículo 42 de la Ley del Régimen Municipal, que regula el acto que establece la condición de que las ausencias mayores a treinta días naturales serán definitivas, contraviene el derecho político a ser votado, consagrado en el artículo 35, fracción II, de la Constitución Federal, en su modalidad de permanencia en el cargo público para el que fue elegido”, explicó Adame Muñoz.

Respecto al artículo 125 de la Constitución federal que argumenta el gobierno estatal, la diputada sostuvo que está convencida de que el acuerdo tomado por la mayoría del Congreso es legal, pues hay claros ejemplos registrados con anterioridad. Uno de ellos es el del actual senador Manuel Velasco Coello, quien una vez que asumió en la Cámara alta pidió licencia para regresar como mandatario estatal, y al terminar su gestión retornó al Senado de la República.

“Por eso insisto en que los puestos de elección popular son irrenunciables, y los derechos político electorales están por encima. Ciertamente no se pueden ejercer dos puestos de elección popular al mismo tiempo, para ello existen las licencias, lo cual se realizó en el caso específico del ciudadano González Cruz”, agregó.

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