Invalida SCJN modificaciones a Ley de Educación de BC por omitir a involucrados
Tijuana, 13 de agosto.- Debido a que no se consultó a las partes involucradas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó dos capítulos de la Ley de Educación relacionados con comunidades indígenas y personas con discapacidad.
La SCJN determinó que dos disposiciones «contenían medidas susceptibles de afectar directamente los intereses o derechos de las comunidades indígenas, y de incidir en los intereses y/o la esfera jurídica de las personas con discapacidad», razón por la que debían consultar a las personas involucradas.
El fallo de la Corte se dio después de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos promoviera la acción de inconstitucionalidad 18/2021, puesto que se omitió la consulta a las comunidades contempladas en las normas.
Los capítulos invalidados son el VI, denominado “De la Educación Indígena” y el VIII, ambos del Título Segundo de la Ley de Educación del Estado de Baja California, que se expidió por decreto y se publicó el 28 de diciembre de 2020.
La SCJN aclaró que no invalidó la totalidad de la ley, sino solo los preceptos impugnados, «lo cual surtirá efectos dentro de los dieciocho meses siguientes a que se notifiquen los puntos resolutivos al Congreso local».
Dentro del mismo término, el Congreso deberá efectuar las consultas en cuestión para cumplir lo establecido por la Corte. Con base en los resultados de las consultas, generarán la regulación que corresponda a los capítulos invalidados.